miércoles, 22 de marzo de 2017

COMO RECLAMAR ANTE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS POR DEUDAS DERIVADAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

 
La agencia nos informa de los documentos necesarios para reclamar
• Copia del documento acreditativo de tu inclusión en ficheros de morosidad, en el caso de que tengas constancia de que, a raíz del servicio o producto supuestamente contratado, la entidad denunciada ha incluido tus datos en tales ficheros. A tales efectos, puedes aportar copia de la notificación de inclusión que te hubiera remitido el responsable del correspondiente fichero.
• Copia de la reclamación presentada ante organismos con competencia en la materia para resolver el asunto planteado (SETSI, Juntas Arbitrales de Consumo, Juzgados y Tribunales de Justicia, etc.).
• Copia de la documentación que acredite que has abonado la deuda reclamada y/o incluida en ficheros de morosidad o, si corresponde, copia de la notificación emitida por la entidad denunciada informando sobre la inexistencia de la deuda o confirmación de estar al corriente de pago.
• Copia que acredite la recepción de la solicitud de baja o cancelación de datos en un determinado servicio prestado por la entidad reclamada.
• Copia de los accesos a los datos obrantes en ficheros de morosidad en los últimos 6 meses que figuran en la información que facilitan los responsables de tales ficheros.
• Copia de las facturas que han generado la deuda.
FUENTE AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS

viernes, 17 de marzo de 2017

COMENTARIOS EN PERIODICO EL PAIS SOBRE LA ENCUESTA DEL CIS Y LA PROTECCION DE DATOS


COMENTARIOS EN PERIODICO EL PAIS SOBRE LA ENCUESTA DEL CIS Y LA PROTECCION DE DATOS

“Al 76% de los españoles les preocupa la protección de datos personales y el posible uso de la información personal por otras personas. Así se desprende del último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) publicado este martes. Mientras que más del 38% de los encuestados dicen estar muy preocupados y el 37% bastante preocupados por este tema. Los españoles que muestran su inquietud por el avance de la ciencia y tecnología alcanzan el 63%.

La encuesta también refleja cómo uno de cada cinco españoles (21,2%) se ha arrepentido alguna vez de haber publicado un comentario, una foto o un vídeo en una red social y el 8,8 % ha tenido problemas por haberlo hecho. Mientras, el 96,9% está de acuerdo o bastante de acuerdo con la necesidad de que las redes sociales pidan la autorización del usuario antes de brindar sus datos personales a terceros, mientras que el 92,4% considera que estas no deberían cambiar las políticas de privacidad sin el consentimiento de los clientes.

Sin embargo, el 61,8% nunca o rara vez lee las políticas de privacidad de las páginas que visita. Sólo el 14,6% lo hace siempre o casi siempre”

Fuente DIARIO EL PAIS

martes, 7 de marzo de 2017

LA OPOSICION AL TRATAMIENTO DE DATOS CON FINES PUBLICITARIOS

Podemos inscribirnos en este servicio de manera gratuita para oponernos a que se traten nuestros datos con fines comerciales
La LOPD especifica dos formas para que podamos oponernos a que se traten nuestros datos con fines comerciales:
1. Dirigiendo una solicitud a quien está utilizando los datos con fines publicitarios, o
2. Registrando en un denominado “fichero de exclusión publicitaria” los datos que no queremos que se utilicen para enviarnos publicidad
La primera de estas posibilidades está recogida en el artículo 30.4 de la LOPD, dedicado a los tratamientos con fines de publicidad y de prospección comercial. En él se afirma que “los interesados tendrán derecho a oponerse, previa petición y sin gastos, al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso serán dados de baja del tratamiento, cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren en aquél, a su simple solicitud”. Esta posibilidad, entre otros casos, es para aquellos casos en los que nuestros datos hayan sido obtenidos de fuentes accesibles al público (como las guías telefónicas, por ejemplo).
La segunda opción viene recogida en el artículo 49.1 del Reglamento de desarrollo de la LOPD, que prevé la creación de ficheros comunes de exclusión publicitaria en los que se podrán registrar las personas que no deseen recibir comunicaciones comerciales: “Será posible la creación de ficheros comunes, de carácter general o sectorial, en los que sean objeto de tratamiento los datos de carácter personal que resulten necesarios para evitar el envío de comunicaciones comerciales a los interesados que manifiesten su negativa u oposición a recibir publicidad”.
En España, actualmente, sólo existe un fichero común de exclusión publicitaria: la Lista Robinson, gestionado de forma independiente por la Asociación Española de Economía Digital.
En este servicio podemos inscribirnos de manera gratuita y seleccionar el medio o medios (teléfono, publicidad postal, etc.) a través de los cuales no queremos recibir publicidad de las entidades que empleen nuestros datos personales obtenidos de fuentes públicas o bases de datos de las que no sean responsables para el desarrollo de las campañas publicitarias. Estarían excluidos los casos en los que nosotros mismos hayamos autorizado a una empresa a enviarnos publicidad. En este último caso, si quisiéramos oponernos a que nos la enviaran deberíamos dirigirnos directamente a la empresa.
FUENTE AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS